Visa
de turistas para Cuba: Los que viajan como
turistas deben poseer una tarjeta o visa turística,
que se adquiere en los consulados cubanos, y en
las agencias de viajes o las líneas aéreas
autorizadas para esto. La tarjeta o visa turística
resulta válida para una entrada y salida
a Cuba y tienen una duración de 30 días,
a partir de la fecha de llegada a Cuba, con facilidad
de ser prorrogable por otros 30 días. Si
desea prorrogar su visa turística puede hacerlo
en la Dirección de Inmigración y Extranjería
ubicada en la calle 20 e/ 3ra. y 5ta., Miramar,
La Habana; pagando 25 USD en sellos timbrados que
se adquieren en cualquier sucursal del Banco de
Crédito y Comercio.
Otros visados: Los
que viajen por asuntos de negocios, estudios, periodistas
en funciones de trabajo o para estancias prolongadas
deberán solicitar el visado en la embajada
o el consulado cubano de su país de residencia.
Documentación necesaria:
Todos los viajeros deben poseer un pasaporte a su
nombre, con fecha de validez de al menos 6 meses.
Ciudadanos cubanos no
residentes: deben solicitar un Permiso de
Entrada en la embajada o consulado cubano de su
país de residencia, el cual será tramitado
por la Dirección de Inmigración y
Extranjería de Cuba.
Residentes en Estados
Unidos (no nacidos en Cuba): deberán
adquirir previamente la tarjeta de turista en la
Sección de Intereses de Cuba en Washington
o en una agencia de viajes que la haya comprado
a ésta. Para más información
relacionada con los trámites de visados ver
el sitio de la Sección
de Intereses de Cuba en los EE. UU.
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